Desde su primer mandato, el gobierno de Evo Morales ha emprendido medidas para aumentar el control estatal sobre los recursos minerales. En su intento por formalizar a los mineros de su país, Morales dispuso el año pasado que solo la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) podrá cerrar acuerdos de concesión con empresas internacionales.

Para Marco Antonio Gandarillas, investigador del Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib), muchas de las medidas promovidas por el país altiplánico favorecen a los mineros ilegales. La nueva ley de minería publicada en mayo del 2014 reconoce derechos a personas con sólo haber solicitado un área de explotación. Asimismo, no contempla a las comunidades nativas como actores productivos mineros.

“Podríamos afirmar que en Bolivia las normas y políticas públicas fomentan la proliferación de distintos tipos de minería con rasgos informales, ilegales y hasta criminales”, afirma Gandarillas en una investigación que será publicada próximamente en cooperación con la SPDA y UICN Holanda.

Marco Antonio Gandarillas asegura que la ley resulta confusa porque tiene demasiados mecanismos de fiscalización. La Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), por ejemplo, es la entidad encargada de tomar medidas legales contra los informales, pero la Ley Minera se lo impide.

OTRAS NORMAS QUE FRACASARON

Ya desde 2007, el Poder Ejecutivo promulgó una norma que declaraba reserva fiscal minera a todo el territorio nacional y prohibía la otorgación de nuevas concesiones. Esto luego sirvió como excusa para que los mineros informales incumplan las normas.

Con la nueva Constitución de 2009, el Ejecutivo emitió una norma que convirtió automáticamente las concesiones en Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE). El efecto inmediato fue la legalización de hecho de operaciones que en muchos casos incumplían normas sectoriales, laborales y medioambientales.

Como respuesta a las normas que fracasaban, el Gobierno promulgó las leyes Nº 367 y Nº 368, las cuales se contradicen entre sí. La primera es la única norma boliviana que rige acciones contra la minería ilegal, mientras que la segunda exime a los ilegales que ocuparon reservas fiscales a condición de formalizarse en medio año.